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Políticas Grupo TotalEnergies

12 Reglas de Oro

Las 12 reglas de oro de seguridad de Total.

 

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LAS COMPRAS COMERCIALES Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

Los proveedores estarán obligados a respetar (y a asegurarse del respeto por sus propios proveedores y subcontratistas de) las leyes vigentes, los principios de actuación del Código de Conducta de TotalEnergies (del cual se adjunta un extracto a continuación) o los principios equivalentes a éstos, al igual que los Principios Fundamentales en las Compras definidos como sigue:

1. Prevención de la corrupción, conflictos de intereses y lucha contra el fraude:

  • Luchar contra el fraude
  • Prevenir y rechazar la corrupción en todas sus formas: tanto activa como pasiva, privada o pública, directa o indirecta
  • Evitar los conflictos de intereses, en particular cuando los intereses personales sean susceptibles de interferir con los intereses profesionales

2. Libre competencia:

  • Adecuarse a las normas vigentes relativas a la libre competencia

3. Derechos laborales fundamentales:

  • Cerciorarse de que las condiciones de trabajo no contradicen el principio de dignidad u otros derechos fundamentales de la persona, tal como aparecen definidos y protegidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (DUDH) y por los principios fundamentales de la organización Internacional del Trabajo (OIT).1

4. Cuidado de la salud, protección y seguridad:

  • Proceder, de manera continua, al análisis y evaluación de los riesgos en estos ámbitos e instaurar los medios apropiados para prevenir estos riesgos
  • Establecer un control de sucesos surgidos en estos terrenos

5. Conservación del medio ambiente:

  • Implementar un sistema para la gestión de los riesgos de atentado contra el medioambiente
  • Efectuar, de manera continua, las mejoras necesarias relativas a la protección del medioambiente
  • Limitar, de manera continua, el impacto de las actividades industriales sobre el medio ambiente2

1. En particular, el respeto de las reglas relativas a: la prohibición del trabajo forzado y el trabajo infantil; la seguridad laboral; el establecimiento de un contrato laboral; la duración de la jornada laboral, de los períodos de descanso y de vacaciones por maternidad y paternidad; el tratamiento de las discriminaciones y del acoso en el lugar de trabajo; la libertad de expresión, asociación y negociación colectiva; la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

2. Tal sistema tiene como objeto:
- identificar y dominar el impacto medioambiental de las actividades, productos o servicios,
- mejorar ininterrumpidamente el resultado medioambiental, 
- instaurar una gestión sistemática para definir los objetivos medioambientales, alcanzarlos y demostrar que se han alcanzado.

6. Desarrollo económico y social:

  • Instaurar un clima de confianza con las comunidades locales, cultivando el diálogo y alentando sus iniciativas de desarrollo sostenible.

El respeto de las leyes y principios que acaban de citarse podrá ser objeto de auditoría.

EXTRACTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

TotalEnergies, es un grupo petrolero y químico de dimensión mundial que ejerce numerosas actividades industriales y comerciales en los ámbitos del petróleo, gas, electricidad, energías renovables y química. Presente en más de ciento treinta países, pretende sustentar su desarrollo en un patrimonio común de valores.

Dentro de sus responsabilidades industriales, TotalEnergies posee la voluntad de contribuir a un uso eficaz y controlado de todos los productos y de las diferentes fuentes de energía que ofrece. Toma en cuenta las necesidades de los consumidores actuales y los intereses de las generaciones futuras en el marco de una iniciativa activa de protección medioambiental incluida en una política de desarrollo sostenible sobre la que proporciona información transparente con regularidad.

Estos principios de actuación constituyen la referencia del Grupo y acompañan su objetivo de crecimiento en beneficio tanto de sus accionistas como de sus clientes y colaboradores, contribuyendo simultáneamente al desarrollo económico y social de los países donde se encuentra implantado.

De manera general

TotalEnergies , respeta las leyes, reglamentos y decisiones de la ONU y de la Unión Europea que le son aplicables, especialmente en materia de contexto de competencia y legislación social. TotalEnergies , es sensible a las preocupaciones expresadas por las organizaciones internacionales, europeas, gubernamentales y no gubernamentales, en los ámbitos referidos a sus actividades.

TotalEnergies, respeta las reglas de la libre competencia.

TotalEnergies, rechaza la corrupción en todas sus formas, pública y privada, activa y pasiva.

TotalEnergiesadhiere:

  • a los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
  • a los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo
  • a los principios directores de la OCDE relativos a las empresas multinacionales
  • a los principios del Pacto Mundial de la Organización de las Naciones Unidas

Con respecto a sus accionistas

TotalEnergies, se preocupa de merecer la confianza de sus accionistas con el objetivo de garantizar la rentabilidad de su inversión. Proporciona regularmente información transparente y completa al conjunto de sus accionistas y les presta atención especialmente a través de su comité consultivo de accionistas. Cuida del escrupuloso respeto de las reglamentaciones bursátiles y traslada fielmente las operaciones a sus cuentas.

Con respecto a sus clientes

TotalEnergies, proporciona a sus clientes productos y servicios de calidad buscando siempre aportar las mejores prestaciones para cada uso, a un precio competitivo.

Presta atención a las necesidades de sus clientes, controla, evalúa y mejora constantemente sus productos, servicios, tecnología y procedimientos de manera a que se garantice la calidad, seguridad e innovación en cada etapa de los procesos de elaboración, producción y distribución.

Con respecto a sus colaboradores

TotalEnergies, confía en la lealtad, las motivaciones, competencias y en el sentido de responsabilidad de sus colaboradores. Espera de éstos que den muestra de la mayor integración y que eviten cualquier situación de conflicto de intereses.

Presta especial atención a sus condiciones de trabajo, en particular en lo relativo al respeto de las personas, a la ausencia de discriminación, a la protección de la salud y la seguridad. Las asocia a la vida del Grupo favoreciendo en concreto la información, el diálogo y los intercambios y respetando su vida privada.

Contrata a los miembros de su personal sólo en función de las necesidades del Grupo y de las cualidades propias de cada candidato. Garantiza el desarrollo de sus competencias profesionales y responsabilidades sin discriminación de ninguna clase, especialmente por cuestiones de raza, sexo o pertenencia a una organización política, religiosa, sindical o a una minoría.

Cada colaborador celebrará con su jerarquía una entrevista anual individual durante la cual se fijarán sus objetivos, se valorarán sus resultados y se abordará la evolución de su trayectoria profesional. Ésta quedará facilitada a través de una formación adaptada.

Con respecto a sus proveedores y prestadores de servicios

La relación de TotalEnergies con sus proveedores y prestadores de servicios se guía por los siguientes principios:

  • cuidar de tomar en consideración los intereses de cada cual, con claridad y respeto de términos contractuales equitativos
  • esperar de ellos que respetan principios equivalentes a los de su Código de Conducta

Con respecto a sus socios industriales

TotalEnergies, aplicará sus principios de actuación y comportamiento en el caso de dirigir la asociación o ser operador de ésta. En los demás casos, solicitará a quienes dirijan la asociación o sean operadores de la misma que respeten los principios compatibles con sus principios de actuación y comportamiento.

Con respecto a los países donde trabaja

TotalEnergies, actúa respetando el medio natural y la cultura de todos los países en los que se encuentra implantado. TotalEnergies, respeta la soberanía de los Estados y no interviene ni en el funcionamiento ni en la financiación de la vida política. TotalEnergies, se reserva sin embargo el derecho de expresar a los gobiernos:

  • su planteamiento sobre los asuntos que afectan a sus actividades, empleados, accionistas
  • sus convicciones sobre el necesario respeto de los Derechos Humanos

Participa a través de sus actividades en el desarrollo económico y social de estos países – en particular de las comunidades donde se encuentran sus implantaciones.

Respeta las leyes y reglamentos aplicables, sobre todo en materia medioambiental, de competencia y legislación social.

TotalEnergies, rechaza la corrupción en todas sus formas. TotalEnergies, en particular, se compromete a no recurrir a la corrupción "con miras a conseguir o conservar un mercado u otra ventaja indebida en el comercio internacional", de conformidad con los términos del convenio de la OCDE sobre la lucha contra la corrupción de funcionarios públicos extranjeros.

LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

El término «Funcionario Público» designa a los funcionarios públicos elegidos o nombrados, así como a todas las personas empleadas o utilizadas como funcionarios por una administración nacional, regional o local, o por cualquier entidad o agencia dependiente de tal administración o incluso por una sociedad directa o indirectamente poseída o controlada por el Estado, los responsables de partidos políticos, los candidatos a cargos públicos y los empleados de organizaciones públicas internacionales.

Por “Miembro Próximo de la Familia de un Funcionario Público» se entiende su cónyuge o pareja, uno de sus hijos, uno de sus hermanos o hermanas o uno de sus padres, el cónyuge o la pareja de uno de sus hijos, un yerno o una nuera, o cualquier otro pariente próximo de su entorno familiar.

PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

En aplicación de los principios instaurados por los convenios internacionales y regionales de la lucha contra la corrupción y con el fin de garantizar el respeto de las leyes de anticorrupción aplicables a las actividades regidas por el Contrato y el respeto de todas las demás leyes de anticorrupción aplicables por otro lado a las Partes o a su casa matriz.

1. El Proveedor de Servicios certifica que, en todo lo referente al Contrato, ni él ni, por cuanto es de su conocimiento, ninguna persona que intervenga en su nombre ha hecho u ofrecido y no harán ni ofrecerán ningún pago, regalo, promesa o cualquier otra ventaja, ya sea directamente o a través de intermediarios, para el uso o provecho de un Funcionario Público desde el momento en que tal pago, regalo, promesa o ventaja tenga como objetivo:

  1. influir en un acto o decisión de ese Funcionario Público
  2. incitar a ese Funcionario Público a cumplir o dejar de cumplir un acto, vulnerando sus obligaciones legales
  3. obtener una ventaja indebida
  4. incitar a este Funcionario Público a hacer uso de su influencia con miras a conseguir un acto o influir en una decisión de un servicio público, cualquier autoridad pública o empresa pública

2. El Proveedor de Servicios, en todo cuanto respecta al Contrato, certifica que no ha hecho u ofrecido y se compromete a no hacer u ofrecer ningún pago, regalo, promesa o cualquier otra ventaja, ya sea directamente o a través de intermediarios, para uso o provecho de cualquier otra persona (distinta de un Funcionario Público), desde el momento en que tal pago, regalo, promesa o ventaja tenga como objetivo incitar a esa persona a cumplir o dejar de cumplir un acto, vulnerando sus obligaciones legales o garantizar una ventaja indebida, o cumplir o dejar de cumplir un acto que viole las leyes aplicables a las actividades regidas por el Contrato.

3. El Proveedor de Servicios se compromete a imponer a los miembros de su personal y a sus subcontratistas las obligaciones previstas en el presente anexo y a conseguir que sus subcontratistas se comprometan de la misma manera en sus respectivos contratos con sus propios subcontratistas. Además, el Proveedor de Servicios deberá efectuar análisis de riesgos anticorrupción con los subcontratistas más importantes, con el fin de asegurarse, con ayuda de investigaciones apropiadas, de que éstos actúen dentro del respeto de las leyes aplicables en materia de prevención de la corrupción. El Cliente se reserva el derecho de solicitar la prueba y/o los documentos necesarios que muestren que se han llevado a cabo realmente tales análisis de riesgos anticorrupción.

4. Todos los acuerdos financieros, facturas e informes presentados al Cliente habrán de Re transcribir fielmente y de manera razonablemente detallada todas las actividades y transacciones efectuadas en el marco de la ejecución del Contrato. El Proveedor de Servicios deberá organizar asimismo y efectuar controles internos adaptados, con el fin de garantizar que todos los pagos efectuados en el marco de la ejecución del Contrato cuentan con autorización y guardan conformidad con el Contrato. El Cliente se reserva el derecho de dirigir él mismo, o de hacer que un representante debidamente facultado realice, de conformidad con el artículo «Auditoría», auditorías en los locales del Proveedor de Servicios de todos los pagos llevados a efecto por éste o en representación suya, pagos relacionados con Prestaciones realizadas en el marco del Contrato. El Proveedor de Servicios acepta cooperar de manera completa en el desarrollo de estas auditorías, incluida la puesta de su contabilidad a disposición del Cliente o de representantes suyos debidamente facultados, y respondiendo a las preguntas planteadas por el Cliente relativas a la ejecución del Contrato.

5. Todos los pagos del Cliente al Proveedor de Servicios deberán realizarse de acuerdo con las condiciones de pago especificadas en el artículo «Condiciones financieras y de pago» del Contrato. Las instrucciones de pago notificadas en las facturas del Proveedor de Servicios servirán de garantía en cuanto a que la cuenta bancaria especificada le tiene como único titular y que ninguna otra persona posee participación, derecho o interés en dicha cuenta.

6. El Proveedor de Servicios certifica que ningún Funcionario Público (o Miembro Próximo de su Familia) detiene o posee, directa o indirectamente, participaciones o cualquier interés en el Proveedor de Servicios (otro distinto a la posesión de títulos cotizados en bolsa insuficientes para controlar la entidad en cuestión), ni es directivo, consejero o representante del Proveedor de Servicios, al margen de cualquier posesión, interés o papel ya comunicados por el Proveedor de Servicios por escrito. Esta garantía anterior continuará aplicándose tanto tiempo como el Contrato siga vigente. El Proveedor de Servicios se compromete a notificar al Cliente a la mayor brevedad y por escrito cualquier cambio que en su caso pudiera alterar la exactitud de esta garantía. En cualquier supuesto, si un Funcionario Público (o un Miembro Próximo de su Familia) posee u obtiene, directa o indirectamente, participaciones o cualquier otra forma de interés en el Proveedor de Servicios, es o pasa a ser directivo, consejero o representante del Proveedor de Servicios, el Proveedor de Servicios deberá adoptar las medidas apropiadas para cerciorarse de que este Funcionario Público (o un Miembro Próximo de su Familia) evita cualquier conflicto de intereses, respeta la legislación aplicable según el lugar de ejecución del Contrato que prohíbe los conflictos de intereses para los Funcionarios Públicos y respeta las disposiciones anticorrupción descritas en el presente anexo.

7. Sin perjuicio de los otros derechos o recursos con los que pueda contar el Cliente en aplicación del Contrato o de la ley, incluidos en especial los perjuicios por incumplimiento, si se revela que el Proveedor de Servicios no ha respetado o cumplido los compromisos o condiciones previstos por el presente anexo en relación con un punto esencial, el Cliente tendrá derecho a:

  1. suspender el pago y/o solicitar el reembolso de los pagos efectuados por adelantado en concepto del Contrato y/o
  2. suspender y/o rescindir el Contrato por incumplimiento del Proveedor de Servicios con efecto inmediato, tal como se prevé en el Contrato